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Incumplimiento de Bono Ley 8480
Para dar cumplimiento con el pago, deberá acceder a la página de generación de bonos
https://portal.colproba.org.ar/
Luego de presentado en el expediente deberá acreditarlo ante este Colegio.
Con relación al pago de la multa, podrá hacerlo mediante las siguientes formas de pago que a continuación se detallan:
WhatsApp
Con tarjetas de crédito Visa y Cabal comunicándote al
011 2450-8058
Pago telefónico
Con tarjetas de crédito Visa y Cabal comunicándote al 011 4754-2139 int 2
Depósito o transferencia bancaria
Cuenta corriente Nº 1/7, sucursal 5100 Banco Provincia en Tribunales de San Martín
CBU: 0140138301510000000173
CUIT: 30-57585297-8
Alias: CASM1752
Importante:
deberá enviar el comprobante de pago de la multa vía e-mail a
comprobantes@casm.org.ar
. De no ser titular de la cuenta bancaria mediante la cual se realizó el pago, por favor indicar el nombre y DNI asociado a la misma en el cuerpo del mail.
Resolución 278/91 Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, el que en su artículo 4to. Reza:
“Para que se tenga por satisfecho el mencionado requisito, el abogado involucrado deberá además, abonar en efectivo el equivalente a dos bonos verdes a fin de afrontar el pago de los gastos administrativos generados por su omisión”.
Pautas interpretativa Bono Ley 8480
Fecha: 1/1/2021