REGLAMENTACIÓN DE LA LEY Nº 13.951, QUE INSTITUYE EL RÉGIMEN DE MEDIACIÓN COMO MÉTODO ALTERNATIVO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Gobernación Provincial, los miembros de la Mesa Directiva del Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, Dres. Gerardo Salas (Presidente), Bienvenido Rodriguez Basalo (Vicepresidente 1ero), Dr. Fernando Román González (Vicepresidente 2do.) y Pedro Auge (Secretario), fueron recibidos por el Gobernador Daniel Scioli y el Sr. Ministro de Seguridad y Justicia Dr. Ricardo Blas Casal, en oportunidad de haberse sancionado el Decreto Reglamentario de la Ley Nº 13.951 que instituye el régimen de Mediación como método alternativo de resolución de conflictos en el ámbito de la provincia.-

La reglamentación entrará en vigencia a partir de los 180 días de su publicación en el boletín oficial conforme lo determinado en el Decreto Nº 2530, por lo cual a mediados del año 2011 la Ley Nº 13.951 podría comenzar a aplicarse.-

Destacamos dentro del texto de la Reglamentación su artículo 11 el cual instituye el patrocinio letrado obligatorio, mientras el artículo 13 (que reglamenta los arts. 14 y 15 Ley 13.951) establece que se tendrá por no comparecida a la parte que no concurriere con asistencia letrada, lo cual asegura nuestro desarrollo profesional y refleja éxito de las gestiones realizadas por este Colegio y el Consejo Superior en defensa de nuestras incumbencias profesionales, como así también cuando se exigió que para ser mediador resultaba requisito sine qua non revestir la calidad de abogado lo que se plasmó en el artículo 26 de la Ley.-

Click aquí para ver la Ley 13.951

Click aquí para ver el decreto Reglamentario Nº 2530

Fecha: 14/12/2010


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