RNº: 633/11
4510-2011
///Plata, 2 de Septiembre de 2011 .
VISTO Y CONSIDERANDO: La resolución cursada por el Ministerio de Gobierno respecto de la solicitud formulada por diversas Municipalidades requiriendo que se declare días no laborables para la Administración Pública en varios partidos y localidades de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de celebrarse distintas festividades durante el mes de septiembre de 2011;
POR ELLO, el señor Presidente de la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones,
R E S U E L V E:
1) Disponer asueto judicial con suspensión de los términos procesales –en las fechas y por los motivos que en cada caso se indican- en los organismos y dependencias con sede en las ciudades y partidos que se detallan a continuación, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan: GRAL. ARENALES 6 de septiembre, Fundación
SAN PEDRO 8 de septiembre, Patronal
ADOLFO ALSINA 8 de septiembre, Patronal
CARHUE 8 de septiembre, Patronal
SAN FERNANDO 9 de septiembre, Patronal
ciudad de CARLOS TEJEDOR 13 de septiembre, Patronal
EXALTACIÓN DE LA CRUZ 14 de septiembre, Patronal
DOLORES 15 de septiembre, Patronal
TRENQUE LAUQUEN 15 de septiembre, Patronal
GRAL. LAS HERAS 16 de septiembre, Patronal
LAPRIDA 16 de septiembre, Patronal
ciudad de MIRAMAR 20 de septiembre, Patronal
CARMEN DE ARECO 26 de septiembre, Creación
MAIPÚ 26 de septiembre, Fundación
GRAL. ALVARADO 29 de septiembre, Fundación
SAN MIGUEL DEL MONTE 29 de septiembre, Patronal
SAN MIGUEL 29 de septiembre, Patronal
LANÚS 29 de septiembre, Autonomía
ALMIRANTE BROWN 30 de septiembre, Fundación
RIVADAVIA 30 de septiembre, Fundación
2) Conforme lo establece el art. 9 del Acuerdo 1864, deberán arbitrarse las medidas que se juzguen convenientes a fin de establecer las guardias necesarias.
3) Regístrese, comuníquese, publíquese y póngase en conocimiento del Tribunal en el próximo Acuerdo.
FDO.: EDUARDO JULIO PETTIGIANI (Presidente); ante mí: RICARDO MIGUEL ORTIZ (Secretario).
Fecha: 29/9/2011