COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES: LOS PUNTOS SOBRE LAS IES.


Frente a las objeciones formuladas al actual proyecto de reformas a la Ley Nacional de Concursos y Quiebras, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires se ve precisado a subrayar la razonabilidad de la norma que procura habilitar a los abogados para que puedan ser designados síndicos en los procesos judiciales de aquella naturaleza.
No es dable admitir que se tilde de retroceso histórico ni tampoco que se afecte la paz social al poner a dichos profesionales en un pie de igualdad con los contadores, pues el derecho no es solamente el texto de una ley, sino que se identifica con la norma actuada, como realmente la vive el conjunto social. Entender que sólo el contador y no el abogado se halla capacitado para desempeñar la aludida función, equivaldría a sostener que el propio órgano jurisdiccional carece de conocimiento y capacidad para ser competente en los procesos concursales, pues el juez, en definitiva, es nada más y nada menos que un abogado. La reforma contempla modernas tendencias doctrinarias y legislativas en la materia, y coadyuva al logro de la seguridad jurídica.


COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.

Fecha: 8/5/2008


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