Facturación electrónica por honorarios judiciales: nueva obligación desde el 1° de julio de 2026

El Colegio de Abogados de San Martín informa que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la Resolución General 5824/2026, modificó el régimen de emisión de comprobantes previsto por la Resolución General N.º 1415.

La norma elimina la posibilidad de quedar exceptuado de emitir comprobantes para quienes, por el desarrollo de sus actividades, perciban por vía judicial honorarios y otras retribuciones, entre ellos abogados y peritos.

En consecuencia, a partir del 1° de julio de 2026, los profesionales que perciban honorarios mediante libranzas judiciales o transferencias ordenadas por juzgados deberán emitir la factura electrónica correspondiente por cada regulación percibida.

Asimismo, se recuerda que cuando el importe de la operación sea igual o superior a $10.000.000 deberá identificarse al consumidor final con DNI, CUIL o CDI. En caso de que el cliente requiera computar el gasto como deducción en el Impuesto a las Ganancias, deberá identificarse con CUIT, sin considerar el monto de la operación.
 

Ver Resolución General ARCA 5824/2026

Fecha: 25/6/2026


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