A partir de ahora, la publicidad de tipo “Urgente” se expedirá en cuanto esté procesada, sin necesidad de esperar el plazo máximo de 2 o 5 días.
El objetivo es Agilizar la entrega de informes y mejorar la eficiencia del servicio.
Para más información, consultá los canales oficiales del Registro de la Propiedad.
Fecha: 7/2/2025