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DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD ART 48 Y 2448 DEL COD CIV.
El 1º de febrero de 2016, el Director del Instituto de Derecho de la Discapacidad del CASM presentó los primeros pedidos de Declaración de Inconstitucionalidad de los artículos 48 y 2448 del Código Civil y Comercial de la Nación, en virtud de que dichos artículos vulneran los derechos humanos de las personas con discapacidad en términos de los artículos 1 y 2 del citado Código, y de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad – CDPCD (ley 26.378), con Jerarquía Constitucional en términos del art. 25 inc. 22 de la Carta Magna (Ley 27044). Los expedientes tramitan ante el Juzgado Federal Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Nº 1, Secretaría Nº 2 de San Martín, y ante el Juzgado de Familia Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora.
Los fundamentos de los pedidos se encuentran a disposición:
- PROMUEVE ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD. SOLICITA CAUTELAR PREVIA: DECLARACIÓN DE INAPLICABILIDAD ARTS. 48º, y 2448º del ANEXO I de la LEY Nº 26.994. RESERVA CASO FEDERAL. RESERVA OCURRIR ANTE EL COMITÉ DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
- AMPLIA DEMANDA. SOLICITA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 22.431, Y ARTS. 48º, y 2448º del ANEXO I de la LEY Nº 26.994. RESERVA CASO FEDERAL. RESERVA OCURRIR ANTE EL COMITÉ DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Fecha: 1/3/2016