CAJA DE ABOGADOS DE AL PCIA DE BS AS: DIFIERE EL VENCIMIENTO DE LA CUOTA ANUAL OBLIGATORIA 2010 AL 30 DE JUNIO



La Plata, 29 de abril de 2011

Señor Presidente del
Colegio de Abogados de San Martín
Doctor Marcos Darío Vilaplana

SU DESPACHO

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a usted, a fin de hacerle saber que con motivo de la situación por la que atraviesa el ejercicio de la abogacía como resultado de los paros judiciales el Directorio de nuestra Institución, en su sesión extraordinaria del día 28 de abril de 2011, ha resuelto aprobar el proyecto de la Mesa Ejecutiva que dice:

“1.- Diferir el vencimiento de la Cuota Anual Obligatoria 2010, art. 24 de la Ley 6716, como asimismo el régimen de P.B.P. y Abogados Discapacitados, que opera el 31 de mayo de 2011 al 30 de junio de 2011. El recargo de intereses hasta esta última fecha será el que hubiera correspondido al 31 de mayo de 2011. Dicha eximición de intereses no será operativa para el caso de aquellos afiliados que den cumplimiento en forma posterior al 30 de junio de 2011.

2.- Establecer que dicho diferimiento no afectará el derecho de los Afiliados a percibir los beneficios que les correspondan, debiendo operarse como hasta el momento pero tomando en cuenta el nuevo vencimiento.”

Sin más, y quedando a vuestra disposición para cualquier inquietud que pudiera surgir, saludo a usted con la estima y cordialidad de siempre.

Dr. Jorge Omar Frega
Presidente



Fecha: 6/5/2011


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